Contexto
Venezuela padece una severa crisis económica expresada en una alarmante inflación, agudizada en los últimos años. Datos oficiales señalan que para el año 2015, la inflación fue de 180,9%[1]. El Fondo Monetario Internacional (FMI) estimó en un 475% la inflación para el cierre del 2016.
El 14 de enero, el Ejecutivo Nacional promulgó un decreto de emergencia económica[2] a fin de autorizar la toma de medidas especiales para atender la “coyuntura económica derivada de los efectos de una guerra no convencional”. El propósito del decreto era garantizar el acceso a los bienes, acabar con la especulación, la inflación inducida y el sabotaje a la distribución.
El 13 de mayo, se anunció un nuevo decreto de Emergencia Económica sumado a un Estado de Excepción[3]. La medida permite la suspensión del derecho a la reunión pacífica con solo calificarlo como “acciones desestabilizadoras” que atenten contra la seguridad y soberanía nacional. El decreto ratifica la superioridad de la doctrina de Seguridad Nacional y a partir de ella califica a la oposición al actual gobierno como enemigo interno. Además, faculta unilateralmente al Ejecutivo Nacional para dictar otras medidas especiales de orden social, político, económico y jurídico bajo el argumento de “estado de excepción”, lo que se puede traducir en la restricción ilegítima de otros derechos.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 339 de la Constitución Nacional, el decreto de emergencia tiene una vigencia de 60 días, solo puede ser extendido por un periodo más y debe ser aprobado por la Asamblea Nacional. Sin embargo, el Ejecutivo Nacional lo ha prorrogado de forma unilateral en cinco ocasiones consecutivas[4].
A pesar de las medidas, para septiembre, la inflación acumulada llegó al 425%, apenas unos 50 puntos menos que lo estimado por FMI para cierre de año. La aceleración de precios en los últimos doce meses ha sido de 705,8%. Esta información no responde a una versión oficial[5], a pesar de que la Constitución obliga al Banco Central de Venezuela (BCV) a publicar regularmente las cifras macroeconómicas. La última publicación se realizó en febrero de 2016, en relación al cierre del año 2015.
La inflación se traduce directamente en el deterioro progresivo de la calidad de vida de los venezolanos. La ausencia de productos aumenta la demanda, eleva constantemente los precios y deteriora el poder adquisitivo. Los aumentos salariales no compensan la brecha inflacionaria. A pesar de los cuatro aumentos salariales del 2016, el ingreso mínimo legal (que suma salario y bono de alimentación, bono que supera en 135% al salario base) es de 90.018 bolívares, mientras que la canasta alimentaria familiar para octubre cerró en 429.626 bolívares[6]. La brecha es de 377%.
La escasez de productos básicos alimenticios se expresa en filas casi permanentes a las afueras de los locales comerciales. Estas filas que pueden durar varias horas o se realizan desde la madrugada, son la única alternativa que tienen las personas para adquirir los insuficientes productos a precios regulados, costo que le permite lidiar momentáneamente con la brecha inflacionaria. Colas kilométricas en las adyacencias tanto de comercios privados como en establecimientos manejados por la administración pública son un escenario común en buena parte del territorio nacional.
Para hacer frente a lo que el Gobierno Nacional asume como “guerra económica”, en abril fueron creados los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP). Unas instancias que se encargarían de la distribución y venta de alimentos, casa por casa, a precios regulados, previo registro o inscripción, gestionados por los Consejos Comunales (CC) de las diversas locales del país. Estos CC son estructuras política-partidistas que responden a las directrices del partido de gobierno y está integrada por sus militantes.
Si bien los CLAP constituyen una iniciativa estatal de financiamiento público y destinado a toda la población, han sido gestionados bajo criterios discriminatorios, el “beneficio” está condicionado por la fidelidad ideológica. Los retardos en las entregas de las llamadas “bolsas de comida” generan malestar en las poblaciones afectadas, que en algunos casos denuncian arbitrariedad y discrecionalidad en su distribución[7]. Sectores que han protagonizado protestas han sido “castigados” con el cese del programa social. De allí que el escenario social se torne más agudo lo que incide en el incremento de las protestas vinculadas al derecho a la alimentación, que por primera vez en nueve años de registro, se ubica en los primeros lugares como motivo de denuncia.
Situación
En el año 2016, las manifestaciones en Venezuela se incrementaron en un 32,58% respecto al 2015. Un total de 3.536 protestas se registraron entre enero y diciembre de 2016. Es el tercer año de incremento sostenido lo que indica la recuperación de una tendencia ascendente que llegó a su techo en 2011 con 4662 manifestaciones.
Gráfico 1. N° de protestas por año 2007-2016
El 38% de las protestas se llevaron a cabo entre los meses de abril y junio. En el mes de junio, el derecho a la alimentación como motivo de protesta se elevó de un noveno a un tercer lugar, con lo que aumentó su frecuencia en 233% (de 60 a 200 manifestaciones). A continuación, en el mes de julio, se ubica en segundo lugar con 278 protestas, para permanecer en esa posición durante el resto del año.
Cuadro 1. Protestas por mes
Modalidades de la protesta
La calle es el escenario de la protesta por excelencia. Los cierres de vía, las concentraciones y marchas se mantienen en los primeros lugares de incidencia en correspondencia con el registro histórico. Entre enero y diciembre de 2016 se realizaron 1480 cierres de vía (41%), 1310 concentraciones (37%) y 207 marchas (5,85%). El carácter confrontacional pero no violento de la protesta de calle supone menos garantías ante los riesgos legales instituidos por el Estado venezolano que penalizan los cierres de vía. A pesar de ello, los venezolanos no han migrado de los espacios conquistados ya que para el 2016 estas tres modalidades suman el 84% de las manifestaciones registradas, un 10% mayor que en 2015.
Cuadro 2. Protestas por tipo
¿Por qué protestamos?
La incidencia de la protesta como mecanismo social de expresión permite conocer las necesidades de una comunidad, sector o individuo. La eficiencia o negligencia del Estado como principal objeto de los reclamos y respuestas se refleja directamente en la calidad de vida de las personas, lo que debe traducirse en la obligatoria garantía de sus derechos sociales, económicos, políticos, civiles y culturales. De allí que la manifestación pacífica constituya un derecho humano, en tanto mecanismo de libre expresión, exigencia, y contraloría, además de ser un derecho-puente ya que permite denunciar abusos u omisiones a fin de exigir el cumplimiento de los demás derechos.
Cuadro 3. Cantidad de protestas por demanda asociada
Derechos laborales exigidos por diversos sectores, públicos y privados, contabiliza el 27% de las protestas. La exigencia de normalización de venta y suministro de comida se ubica por primera vez en nueve años de registro, entre los reclamos de mayor incidencia, al sumar 413 manifestaciones (11%). La demanda por el servicio de agua, la regularidad del suministro o la mejora de sus condiciones registra unas 336 protestas a nivel nacional. En cuarto lugar, los derechos políticos/civiles asociadas a demandas electorales, en apoyo o en contra de medidas del Gobierno, alcanzan el 6,7 % de las exigencias.
Los protagonistas
Los vecinos, por diversos motivos (servicios públicos, venta regular de alimentos, mal estado de infraestructura educativa, entre otros), son el sector que más protesta en el país. Seguidos de los usuarios de servicios comerciales, en particular quienes exigen venta de productos alimenticios en instituciones privadas y públicas, se ubican en un segundo lugar con 263 ocasiones de demanda. Estudiantes y actores heterogéneos vinculados tanto a demandas sociales (servicios, seguridad) como demandas civiles y políticas de cara a la exigencia de agenda electoral y comicios.
Trabajadores en sus diversas expresiones exigen en particular ajuste de salarios, firma de contrato colectivo y demás obligaciones laborales, ocupando del quinto al noveno lugar.
Cuadro 4. Top 10 de sectores manifestantes
Por primera vez la región occidental se ubica en el primer lugar de incidencia, el estado Lara, seguido de Miranda y Distrito Capital. Estados centro-norte que concentran zonas industriales, comerciales y las sedes nacionales de instituciones públicas registraron entre 462 y 564 protestas. Le siguen los estados Bolívar con (372) eventos, Aragua con 355 protestas y Zulia con 303.
Gráfico 2. Cantidad de manifestaciones por estado
Omisión y represión estatal
El 4,69% de las manifestaciones (166) recibieron respuesta positiva de las autoridades correspondientes, lo que implica una reducción de 8% respecto al año 2015, cuando se contabilizaron 360 respuestas. Esto reitera la baja capacidad de contestación efectiva orientada a la resolución de los conflictos mediante la satisfacción de la demanda. Esto contrasta con la respuesta negativa encarnada en la represión por parte de funcionarios policiales y militares.
Gráfico 3. Protestas reprimidas según carácter
El 98% de las protestas (3472) fueron de carácter pacífico frente a unas 64 manifestaciones violentas. Sin embargo, el número de protestas reprimidas supera el de la manifestación violenta, ubicándose en 190 eventos. Un total de 176 protestas pacíficas fueron reprimidas.
A pesar de que las labores de control de orden público corresponden constitucionalmente a los cuerpos de seguridad civiles, la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) como componente militar operó en solitario en un 44% de las acciones destinadas a mitigar manifestaciones públicas. Los cuerpos de seguridad regionales operaron en un 50% (84 eventos).
A dos años de la autorización del uso de armas para reprimir
Desde el 27 de enero de 2015, la resolución 8610 autoriza el uso de armas a militares en acciones represivas. El Estado faculta el uso “cuando sea inevitable”, lo que somete la decisión a una amplia discrecionalidad del funcionario militar, cuya lógica de conducta amigo-enemigo difiere y contraviene los principios de seguridad ciudadana de mediación-negociación ajustados a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.
Gráfico 4. Presencia de la GNB en protestas reprimidas por año
Aunque esta resolución pretenda regir la actuación militar en el control de orden público, la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) ha actuado en solitario, sin subordinación alguna a cuerpos civiles, siendo el cuerpo de seguridad con mayor presencia en manifestaciones reprimidas de manera consecutiva en los últimos cinco años.
Si bien la protesta pacífica no es un derecho absoluto, cualquier regulación del ejercicio de un derecho humano debe estar clara y extensamente tipificada en una ley. Es decir, que debe cumplir con una serie de especificaciones procedimentales que le brindan ese rango, como emanar del Poder Legislativo, o en el caso de una resolución, contar con una exposición de motivos que justifique su carácter complementario en relación a alguna ley. La resolución 8610 no cumple este requisito. De manera que no toda promulgación de normas puede ser comprendida como ley[8], y por lo tanto no puede regular materias asociadas al ejercicio de los derechos humanos o su restricción.
Exigencias y recomendaciones:
- Adelantar una investigación imparcial y expedita que establezca responsabilidades en el asesinato de manifestantes o ciudadanos en el contexto de protestas.
- Derogar la resolución 008610 y velar por la efectiva subordinación de los componentes militares a los criterios e instituciones civiles en armonía con lo establecido en la Constitución Nacional y los estándares internacionales de derechos
- Suspender la apertura de procesos judiciales penales a quienes ejercen de manera pacífica el derecho a la reunión pacífica y la huelga.
- Mejorar los mecanismos institucionales que permitan canalizar y dar respuesta efectiva a las demandas de las distintas protestas sea de competencia nacional, regional o municipal.
Descargue el informe en versión pdf aquí Informe manifestaciones enero diciembre 2016
Foto: Miguel González – Crónica Uno.
[1] BCV, Informe cuarto trimestre, cierre del año 2015. URL: http://www.bcv.org.ve/Upload/Comunicados/aviso180216.pdf
[2] Gaceta Oficial N° 2.184 del 14/01/2016
[3] Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.227 del 18/05/2016
[4] Lo que incluye la renovación del 14 de noviembre de 2016.
[5] El Nacional, 6 de octubre de 2016, Inflación alcanzó 21,6% al cierre de septiembre. Recuperado el 28/11/2016 en https://goo.gl/Z7LO7N
[6] Banca y Negocios, 28 de noviembre de 2016, Cendas: es lamentable que el venezolano requiera más de 19 salarios mínimos sólo para comer. Recuperado el 28/11/2016 en https://goo.gl/NAeVXw El Cendas-FVM es el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros.
[7] Provea, 4 de noviembre de 2016, Los CLAP: 7 indicios de discriminación política. Recuperado el 28/11/2016 en https://goo.gl/EsZ3NJ
[8] Al respecto la opinión consultiva 6/86 de la Corte Interamericana de Derecho Humanos señala lo siguiente: no es posible interpretar la expresión leyes, utilizada en el artículo 30 de la CADH, como sinónimo de cualquier norma jurídica, pues ello equivaldría a admitir que los derechos fundamentales pueden ser restringidos por la sola determinación del poder público, sin otra limitación formal que la de consagrar tales restricciones en disposiciones de carácter general. Consultado en abril, 6, 2016 en URL: http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_06_esp.pdf