Derecho a la reunión

Se entiende como una libertad pública que faculta a un grupo de personas a concurrir temporalmente en un mismo lugar, pacíficamente y sin armas, para cualquier finalidad lícita y conforme a la ley. Se considera una libertad de naturaleza política y un derecho humano.

Se trata de una libertad pública que nace de la persona y se configura en libertad colectiva cuando se reúnen dos o más personas.

De acuerdo a la Constitución venezolana, toda persona tiene el derecho de reunirse, pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos, se regirán por la ley.

Se relaciona con el derecho a la libertad de expresión, porque el ejercicio del derecho a la reunión, implica el reconocimiento de la libertad de expresar las opiniones propias y transmitirlas.

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