El Estado, a través de los agentes policiales, tiene la obligación de garantizar a las personas que participan de manifestaciones pacíficas y protestas sociales, la integridad física y el respeto pleno a la expresión de sus ideas y opiniones, especialmente cuando se produce la expresión de grupos antagónicos que quieran contraponerse a los manifestantes.
Una manifestación puede causar molestias u ofender a aquellas personas que se oponen a las ideas o reclamos que la manifestación intenta promover. Sin embargo, los manifestantes deben poder expresarse sin tener miedo de sufrir violencia física por parte los agentes del Estado y de particulares.
El miedo de sufrir violencia física por parte de agentes del Estado o de particulares, podría disuadir a asociaciones o grupos de personas que tienen ideas o intereses en común para que no expresen sus opiniones sobre cuestiones controvertidas que afectan a la comunidad.
En una democracia el derecho de oponerse a una manifestación no puede extenderse hasta el punto de inhibir el ejercicio del derecho a manifestarse. No obstante, los Estados tienen un amplio margen de discreción al elegir las medidas razonables y apropiadas para asegurar que las manifestaciones legales procedan pacíficamente.
El Estado tiene la obligación de brindar protección a los manifestantes para protegerlos de la violencia, no solo de agentes del Estado sino de particulares. Y en caso de violaciones, deben investigar y tomar medidas contra quienes actúan y los autores intelectuales.
La garantía del derecho de reunión es una obligación de medios (medidas a ser tomadas) y no una obligación de resultados.